
Esto quiere decir que, a partir de ahora, tal carrera deberá ser acreditada periódicamente por la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU).
El artículo 43 establece que los planes de estudio de carreras correspondientes a profesiones reguladas por el Estado, cuyo ejercicio pudiera comprometer el interés público, poniendo en riesgo de modo directo la salud, la seguridad, los derechos, los bienes o la formación de los habitantes, debe tener en cuenta los contenidos curriculares básicos y los criterios sobre intensidad de la formación práctica que establezca el Ministerio de Educación en acuerdo con el Consejo de Universidades. De esta forma el Estado busca garantizar la formación de dichos profesionales.
Mediante el Acuerdo Plenario N°235 (19 noviembre de 2019), el Consejo de Universidades había prestado su conformidad a la inclusión de la carrera de Nutrición a dicho régimen.
La decana de la Facultad de Ciencias de la Nutrición, Esp. Lic. Cecilia Llaver, quien ejerció como presidente de la Asociación de Escuelas de Nutrición de la República Argentina (ASEUNRA) por tres periodos, explicó que “desde esa institución estuvimos trabajando durante muchos años por esta inclusión, considerando que es una carrera vinculada a la salud de las personas y la recuperación de los pacientes enfermos”.
Además, quien lleva más de 15 años integrando la comisión directiva, destacó que la formación del licenciado en nutrición de todo el país será equitativa y les permitirá abordar ampliamente todas las patologías que tienen que ver con la disciplina.